La Dirección de Administración y Finanzas tiene las siguientes funciones generales:
Asesorar al Alcalde en la administración del personal de la municipalidad, y en la administración financiera de los bienes municipales, para lo cual le corresponderá específicamente:
Estudiar, calcular, proponer y regular la percepción de cualquier tipo de ingresos municipales.
Colaborar con la Secretaría Comunal de Planificación en la elaboración del Presupuesto Municipal.
Visar los decretos que irroguen gastos o generen recursos.
Llevar la contabilidad municipal en conformidad con las normas de la contabilidad nacional y con las instrucciones que al respecto imparte la Contraloría General de la República.
Controlar la gestión financiera de los recintos y/o empresas municipales.
Efectuar los pagos municipales, manejar la cuenta corriente bancaria respectiva y rendir cuenta a la Contraloría General de la República.
Recaudar y percibir los ingresos municipales y fiscales que correspondan.
Otras funciones que la Ley o la autoridad superior le asigne, las que ejercerá a través de la unidad que corresponda, de conformidad a la legislación vigente.
Asesorar al Alcalde en materias financieras municipales.
Dirigir y coordinar las actividades financieras de la municipalidad.
Colaborar con la Secretaría Comunal de Planificación en la preparación de los proyectos del plan financiero y de los presupuestos de la municipalidad.
Mantener actualizada la información financiera, presupuestaria y contable, poniéndola en conocimiento del Alcalde y demás autoridades que correspondan.
Llevar la contabilidad municipal en conformidad con las normas de contabilidad general de la Nación y las instrucciones que dicte la Contraloría General de la República al respecto.
Administrar el presupuesto municipal.
Administrar financieramente los bienes y establecimientos municipales.
Estudiar, calcular, proponer y controlar cualquier tipo de ingreso y egreso municipal.
Efectuar la recaudación y la administración de los ingresos de acuerdo a lo establecido por la Ley de Rentas Municipales.
Visar los decretos de pago a fin de controlar la ejecución presupuestaria municipal.
Controlar la gestión financiera de las diversas unidades municipales.
Efectuar los pagos municipales, manejar las cuentas corrientes bancarias respectivas y rendir cuenta a la Contraloría General de la República.
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